El impuesto sobre la contaminación atmosférica es un tributo propio de la Comunidad Autónoma de Galicia que somete a gravamen la emisión a la atmósfera de cualquiera de las siguientes sustancias:

  • Dióxido de azufre y cualquier otro compuesto oxigenado del azufre.
  • Dióxido de nitrógeno o cualquier otro compuesto oxigenado del nitrógeno.

El impuesto sobre la contaminación atmosférica recaerá sobre las emisiones en las que sus focos se encuentren situados dentro del ámbito territorial de la comunidad autónoma.

 

¿QUIÉN DECLARA EL IMPUESTO?

Quienes emitan las sustancias contaminantes gravadas.

 

¿CUÁL ES EL PLAZO DE PRESENTACIÓN?

Un mes, para las autoliquidaciones mensuales y, en el mes de marzo de cada año natural para la declaración del resumen anual.

 

¿CÓMO PRESENTO EL IMPUESTO?

En todo caso, la presentación será electrónica, a través de la Oficina Virtual Tributaria.

 

¿CUÁL ES EL TIPO IMPOSITIVO?

Se aplica una escala de gravamen gradual, en función de las toneladas anuales de emisión.