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Sistema de pago de los modelos de documentos de pago 707, 708, 990 e 991 a través de la Oficina Virtual Tributaria

Se ha habilitado la posibilidad de pago de los modelos 707, 708, 990 e 991 a través de la Oficina Virtual Tributaria, dentro del apartado “Consulta y Pago de Deudas” en la opción “Pago de Deudas”.

La implantación de esta novedad se suma a las otras posibilidades de pago mediante cajero, el sistema de giro postal o a través del TPV virtual o físico, medidas que suponen un avance en la simplificación de los trámites para que los ciudadanos cumplan con sus obligaciones tributarias.

Se podrán pagar los documentos de pago de los modelos 707 (para liquidaciones, autoliquidaciones y providencias de apremio), de los modelos 708 (para plazos de aplazamiento/fraccionamiento y liquidaciones) y de los modelos 990 y 991 (para providencias de apremio) tanto con certificado digital, como mediante acceso libre.

Mediante el acceso libre, el pago se podrá realizar con el número de la tarjeta a través del TPV.

Mediante el acceso con certificado, el pago se podrá realizar con el número de la tarjeta a través del TPV o con cargo en cuenta, en las entidades que lo admitan.

Los pagos con tarjeta a través del TPV se limitan a los 3.000 €. En el caso de acceder con certificado, pueden ser de aplicación las limitaciones adicionales particulares que tenga cada usuario.

Para el pago de los modelos 707 y 708, tiene que introducir correctamente el dato del número de la carta de pago, el dato del NIF titular de la deuda y el importe que figure en la carta de pago. Para el pago de los modelos 990 y 991, tiene que introducir correctamente el dato del número de la providencia de apremio y el NIF titular de la deuda, así como el importe a pagar.

En el caso del acceso libre deberá cubrir un correo electrónico donde recibirá un código de verificación que le permitirá igualmente retomar o consultar la operación de pago.