30.05.2026
En virtud de dicha resolución se procede a la anulación y baja en contabilidad de las liquidaciones practicadas por la Agencia Tributaria de Galicia y por los órganos de la Administración General de la Xunta de Galicia, entidades públicas instrumentales y demás entes públicos, cuya recaudación en período ejecutivo tiene encomendada la Agencia Tributaria de Galicia, de las cuáles resulte una deuda pendiente de recaudar en período ejecutivo de importe inferior a 3 euros la 31 de diciembre de 2025.
En este caso supone la anulación de 933 deudas por un importe total de 1.249,26€.
La anulación de deudas residuales se realiza de manera anual con el objetivo de evitar actuaciones recaudatorias que suponen una pérdida para la hacienda pública, ya que en estas liquidaciones se generan unos costes superiores a los recursos que potencialmente se pudieran obtener con las mismas.