Novedades Novedades

Atrás

La Agencia Tributaria de Galicia anula deudas residuales en período ejecutivo por tener un importe inferior a tres euros

30.05.2026

RESOLUCIÓN de 26 de mayo de 2026, de la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Galicia y de la Dirección de la Agencia Tributaria de Galicia, por la que se acuerda la anulación y baja en contabilidad de todas aquellas liquidaciones que se encuentren en período ejecutivo y de las cuáles resulte una deuda pendiente de recaudar de importe inferior a tres euros. 

En virtud de dicha resolución se procede a la anulación y baja en contabilidad de las liquidaciones practicadas por la Agencia Tributaria de Galicia y por los órganos de la Administración General de la Xunta de Galicia, entidades públicas instrumentales y demás entes públicos, cuya recaudación en período ejecutivo tiene encomendada la Agencia Tributaria de Galicia, de las cuáles resulte una deuda pendiente de recaudar en período ejecutivo de importe inferior a 3 euros la 31 de diciembre de 2025.  

En este caso supone la anulación de 933 deudas por un importe total de 1.249,26€. 

La anulación de deudas residuales se realiza de manera anual con el objetivo de evitar actuaciones recaudatorias que suponen una pérdida para la hacienda pública, ya que en estas liquidaciones se generan unos costes superiores a los recursos que potencialmente se pudieran obtener con las mismas.


Actualidad Actualidad