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Pasos a seguir para la presentación y pago del impuesto

  1. Obtención del certificado digital.
  2. Obtención de la autorización de la Dirección de la Axencia Tributaria de Galicia para el acceso a la OVT.
  3. Focos emisores que hubieran presentado alta ante la Consellería de Facenda: acceso a la OVT, Censo Electrónico de Focos emisores de substancias contaminantes de Galicia, consulta de datos y presentación de confirmación de los datos del Censo.
    Focos emisores sin alta previa: acceso a la OVT, Censo Electrónico de focos emisores de substancias contaminantes de Galicia, presentación de la declaración inicial de alta en el Censo (el plazo será el primer mes natural que se abra tras el día de su puesta en funcionamiento y anterior al punto 4).
  4. Presentación y pago telemático de los pagos a cuenta mensuales (plazo: mes natural siguiente al período al que se refiera la autoliquidación).
  5. Presentación y pago, en su caso, del resumen anual (plazo: mes de marzo del año siguiente al período al que se refiere la autoliquidación)

El Impuesto de contaminación atmosférica es un tributo propio de la Comunidad Autónoma de Galicia que somete a gravamen la emisión a la atmósfera de cualquiera de las siguientes sustancias:

  • Dióxido de azufre y cualquier otro compuesto oxigenado del azufre.
  • Dióxido de nitrógeno o cualquier otro compuesto oxigenado del nitrógeno

Los sujetos pasivos de este impuesto deberán autoliquidar el impuesto a través de las aplicaciones informáticas de la OVT. Estos sujetos pasivos deberán disponer del correspondiente certificado digital y estar previamente autorizados por la Dirección de la Axencia Tributaria de Galicia, para lo que deberán presentar ante ésta, con anterioridad al primer plazo de autoliquidación, una solicitud de autorización junto a una ficha de usuario ajustadas a los modelos que encontrarán en la oficina virtual tributaria.

Una vez autorizados, los sujetos pasivos deberán, en el plazo de presentación de la primera autoliquidación y previamente a esta, presentar telemáticamente ante la Axencia Tributaria de Galicia, una declaración inicial de alta del foco emisor a través del modelo 004. En el caso de focos emisores que hubieran presentado un alta previa ante la Consellería de Facenda deberán confirmar los datos del censo a través del modelo 004.

Una vez presentada la declaración inicial, ingresarán y presentarán telemáticamente ante la Agencia Tributaria de Galicia el modelo 002, en el cual practicarán la autoliquidación del impuesto y determinarán la deuda tributaria correspondiente a cada período impositivo.

Las entidades financieras en las que puede hacer los ingresos telemáticos son las siguientes:

  1. Pago telemático presencial (con NRC)
    • Abanca
    • Evo Banco
    • La Caixa
    • Grupo Banco Popular
    • Caja Duero
     
  1. Pago telemático con cargo en cuenta
    • Abanca
    • Evo Banco
    • La Caixa
    • Banco Popular
    • Banco Santander
    • BBVA
    • Caja Rural Galega
    • Caja Duero
    • Caja Rural de Zamora